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Galicia convoca ayudas para prevenir los daños causados a los bosques por incendios
El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó el 27 de enero, la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para acciones silvícolas de prevención de los daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y para el incremento de la capacidad de adaptación y del valor ambiental de los ecosistemas forestales. Estas ayudas están confinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Galicia 2014-2020.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las sociedades de fomento forestal (Sofor), los propietarios particulares de forma individual, las asociaciones y agrupaciones de propietarios particulares formalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia, las cooperativas agrarias, los proindivisos, los montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, las comunidades de bienes, las entidades locales, otras personas jurídicas y las comunidades de montes vecinales en mano común. Dichos beneficiarios podrán ser titulares de los terrenos objeto de ayuda, arrendatarios o gestores, sin que se admita la cesión por el propietario a un tercero.
Las dos líneas de actuación en las que se dividen estas ayudas consisten en la realización de tratamientos silvícolas (prácticas preventivas, como desbroces, clareos y podas) para prevenir incendios forestales; y en tratamientos silvícolas (claras, clareos, podas , tales de formación, etc) y plantaciones puntuales de determinados árboles vinculados al incremento de los valores ecológicos de los montes.
Las ayudas, cofinanciadas con fondos regionales Feader de la Unión Europea, incluyen 9 millones de euros para desbroce, poda y otras actividades destinadas a prevenir fuegos en zonas forestales, y otros 4 millones de euros para incrementar el valor ecológico de las zonas de montaña, incluido la plantación de determinados árboles.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de dicha Orden en el Diario Oficial de Galicia (DOG).
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